El Vicepresidente del Congreso del Estado insiste en su propuesta para prohibir que quienes tengan un cargo de elección popular lo dejen para buscar otro
Morelia, Mich., a 08 enero de 2012.- Ante el descrédito de la función pública a nivel nacional, es pertinente recordar que cuando un individuo es electo por los ciudadanos para un cargo de elección popular éste adquiere responsabilidades públicas, de ahí que los cargos de Presidente de la República, Gobernador, Diputado Federal, Senador, Diputado Local, Presidente Municipal, Síndico y Regidor sean irrenunciables, señaló el Vicepresidente del Congreso del Estado, Gonzalo Elvira Cabrera.
El diputado del Partido Acción Nacional (PAN) recordó que el 24 de noviembre del año pasado presentó ante el Pleno del Congreso del Estado su iniciativa de reforma constitucional para hacer obligatorio el cumplimiento de los cargos de elección popular y prohibir expresamente que cuando un individuo ocupe uno de esos puestos esté imposibilitado para contender por otro, puesto que el mandato conferido por los ciudadanos genera una responsabilidad sustentada en el vínculo que se genera entre los representantes electos y los representados.
Gonzalo Elvira manifestó que "la separación de un cargo de elección popular para competir por otro, igualmente de elección popular, bajo la figura de la licencia provisional o definitiva, posibilita materialmente el incumplimiento de la obligación política contraída con los ciudadanos que confirieron en primera instancia, mediante el voto, la representación popular".
Para el representante popular, la oferta política que se le hace al electorado y las cualidades del sujeto a ser votado son factor que determina el voto del ciudadano, por lo tanto no es posible que "por dedazo" se envista a cualquier persona con la misma representación social del funcionario que abandona su función, como si fueran uno mismo, aún siendo del mismo partido, del mismo grupo o del mismo equipo.
"El proceso de identificación entre el ciudadano y su representante se pierde si la persona que ejerce la representación popular cambia temporal o definitivamente, lo que trastoca el correcto funcionamiento de las instituciones".
De acuerdo con Elvira Cabrera, los diputados de Baja California ya sentaron un precedente de una reforma constitucional en el mismo sentido que él la propone, y aunque el Poder Judicial de la Federación evitó la operación de la reforma vigente pero no cumplida, ese caso sienta un referente obligado y por lo tanto es válido retomarlo con la misma finalidad original.
Finalmente, el Vicepresidente del Congreso del Estado consideró que un gobierno sin continuidad, sin certeza por parte del gobernado sobre quiénes son sus representantes, es un gobierno que pierde, de facto, legitimidad, característica imprescindible del poder público en la democracia y que se adquiere no sólo jurídicamente, sino que de acuerdo con la ciencia política debe ganarse día a día.
Morelia, Mich., a 08 enero de 2012.- Ante el descrédito de la función pública a nivel nacional, es pertinente recordar que cuando un individuo es electo por los ciudadanos para un cargo de elección popular éste adquiere responsabilidades públicas, de ahí que los cargos de Presidente de la República, Gobernador, Diputado Federal, Senador, Diputado Local, Presidente Municipal, Síndico y Regidor sean irrenunciables, señaló el Vicepresidente del Congreso del Estado, Gonzalo Elvira Cabrera.
El diputado del Partido Acción Nacional (PAN) recordó que el 24 de noviembre del año pasado presentó ante el Pleno del Congreso del Estado su iniciativa de reforma constitucional para hacer obligatorio el cumplimiento de los cargos de elección popular y prohibir expresamente que cuando un individuo ocupe uno de esos puestos esté imposibilitado para contender por otro, puesto que el mandato conferido por los ciudadanos genera una responsabilidad sustentada en el vínculo que se genera entre los representantes electos y los representados.
Gonzalo Elvira manifestó que "la separación de un cargo de elección popular para competir por otro, igualmente de elección popular, bajo la figura de la licencia provisional o definitiva, posibilita materialmente el incumplimiento de la obligación política contraída con los ciudadanos que confirieron en primera instancia, mediante el voto, la representación popular".
Para el representante popular, la oferta política que se le hace al electorado y las cualidades del sujeto a ser votado son factor que determina el voto del ciudadano, por lo tanto no es posible que "por dedazo" se envista a cualquier persona con la misma representación social del funcionario que abandona su función, como si fueran uno mismo, aún siendo del mismo partido, del mismo grupo o del mismo equipo.
"El proceso de identificación entre el ciudadano y su representante se pierde si la persona que ejerce la representación popular cambia temporal o definitivamente, lo que trastoca el correcto funcionamiento de las instituciones".
De acuerdo con Elvira Cabrera, los diputados de Baja California ya sentaron un precedente de una reforma constitucional en el mismo sentido que él la propone, y aunque el Poder Judicial de la Federación evitó la operación de la reforma vigente pero no cumplida, ese caso sienta un referente obligado y por lo tanto es válido retomarlo con la misma finalidad original.
Finalmente, el Vicepresidente del Congreso del Estado consideró que un gobierno sin continuidad, sin certeza por parte del gobernado sobre quiénes son sus representantes, es un gobierno que pierde, de facto, legitimidad, característica imprescindible del poder público en la democracia y que se adquiere no sólo jurídicamente, sino que de acuerdo con la ciencia política debe ganarse día a día.